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Voto Accesible - Elecciones 2024
Voto Accesible - Elecciones 2024
El voto secreto e independiente es un derecho fundamental para la población con discapacidades. A continuación, presentamos un resumen de puntos que debes saber en preparación para las elecciones 2024.
Si prefieres, puedes escuchar nuestro episodio del podcast sobre Voto Accesible.
Ayúdanos a compartir este artículo con funcionarios y personas con discapacidades.
Voto Adelantado
Una forma en que las personas con discapacidad y los cuidadores únicos pueden votar es a través del voto adelantado. Este incluye el voto por correo y el voto a domicilio. Esta opción debe ser solicitada antes de la fecha límite establecida para el año.
Voto por correo - La papeleta te llegará por el método solicitado. Debes llenarla y enviarla por correo, según las instrucciones.
Voto a domicilio – Si lo solicitaste, unos funcionarios voluntarios visitarán tu hogar para que puedas completar tu voto.
¿Qué pasa si no recibes la papeleta o la visita de un funcionario?
Si llega el día de las elecciones y no has recibido las papeletas o una visita de los funcionarios. Tienes una última alternativa. Llega hasta el centro de votación que te toca y pide el voto añadido a mano.
Verifica cuál es tu centro de votación en el sistema eRE o en la página de la Comisión Estatal de Elecciones.
Es importante que, de ser así, no vayas al comienzo del día ya que tu voto será entre los últimos que añadirán.
Accesibilidad Durante el Día de las Elecciones
Hay unos elementos de accesibilidad básicos que debe tener cada centro de votación.
Maletines
Cada unidad debe contar con unos maletines. Entre estos debe haber un maletín marcado como “voto por teléfono” y un maletín con las herramientas que vamos a mencionar a continuación.
Estacionamiento
Todo centro de votación debe tener estacionamiento reservado para personas con impedimentos.
Si no lo hay, en el maletín indicado, hay un rótulo de “estacionamiento reservado”, temporero. Este debe ser ubicado en un lugar cerca de la entrada, con acceso a la facilidad, sin escalones ni obstáculos.
Colegio de fácil acceso
Es un salón o espacio dentro de cada centro de votación que debe ser:
- cerca del estacionamiento,
- fácil de llegar y
- accesible.
Es en este espacio que las personas con diversidad funcional de ese centro ejercen su derecho al voto.
Unos cartelones deben indicar la ruta hacia el colegio de fácil acceso. Estos deben ser ubicados por los funcionarios.
Rampas, puertas y pasillos
Hay unas medidas básicas que deben tener las rampas, puertas y pasillos. Sin embargo, lo más importante es que sean espacios más amplios (mayores de 32” pulgadas). Las rampas o caminos sean sin escalones y sin irregularidades mayores a ¼ pulgada de alto.
La meta es que una persona en silla de ruedas o andador pueda moverse de forma independiente.
Voto por teléfono
Por ley, todas las jurisdicciones tienen que contar con un sistema electrónico de votación.
En Puerto Rico existe el voto por teléfono. Esto es un sistema telefónico que se encuentra en cada centro de votación. Una persona puede mediante una llamada marcar su papeleta, la cual será recibida directamente en la Comisión.
La orden administrativa del Juez Francisco Rosado Colomer que establece que los funcionarios deben abrir el maletín del voto por teléfono, tenerlo disponible y conectado al enchufe. En las instrucciones los funcionarios deben encontrar también un código que pedirá el sistema para que la persona pueda votar.
Herramientas para personas ciegas o con baja visión
- plantillas en Braille
Estas plantillas se colocan sobre la papeleta. La persona entra a la caseta electoral, realiza su voto y luego lo entrega directamente a la máquina de escrutinio.
- lupa
Video relevo para personas sordas con lenguaje de señas
Durante las elecciones, las personas sordas pueden llamar al 787-773 -1487 y obtener apoyo.
Self Advocates Becoming Empowered (SABE)
El programa de Protection and Advocacy for Voting Access desarrolló en Puerto Rico el primer Self Advocates Becoming Empowered. Autorizados por la Comision Estatal de Elecciones, un grupo de voluntarios con y sin discapacidades visitarán los centros de votación para educar y apoyar a que estén disponibles los elementos de accesibilidad.
Contacto para apoyo o reportes
Puedes llamar a los siguientes números para obtener ayuda.
CEEE – 787-777-8682
OPDPI – 787-710-9628, 787-710-9630
DPI – 787-725-2333
Leyes que protegen a la población con discapacidad en Puerto Rico
Las leyes para personas con discapacidades en Puerto Rico buscan proteger sus derechos, promover su inclusión social y asegurar que tengan acceso justo a oportunidades, servicios y recursos. Su objetivo es crear un ambiente más equitativo y accesible en áreas clave.
Leyes Federales
⌲Ley Ayuda a América a Votar (HAVA, por sus siglas en inglés)
Fecha: 23 de enero de 2002
Busca que el proceso electoral sea de forma accesible, secreta, e independiente.
⌲ Ley Cada Estudiante Triunfa (ESSA, por sus siglas en inglés) (reemplazó la ley No Child Left Behind)
Fecha:10 de diciembre de 2015
Busca que todos los estudiantes, incluyendo aquellos con discapacidades, tengan acceso a una educación equitativa y de calidad.
⌲ Ley de Acceso de las Aerolíneas de los Estados Unidos (ACAA, por sus siglas en inglés)
Fecha: 2 de octubre de 1986, enmendada el 28 de febrero de 2023
Establecida para garantizar que las aerolíneas no discriminen a los pasajeros Promueve el acceso equitativo a los servicios de transporte aéreo. La ley requiere que las aerolíneas ofrezcan asistencia adecuada, como ayuda con el embarque, desembarque y uso de dispositivo de movilidad.
⌲ Ley de Barreras Arquitectónicas (ABA, por sus siglas en inglés)
Fecha: 12 de agosto de 1968, enmendada el 23 de julio de 2004
Exige que los espacios públicos estén adaptados para ser accesibles, garantizando que todos puedan utilizarlos sin restricciones físicas.
⌲ Ley para la Educación de Individuos con Discapacidad (IDEA, por sus siglas en inglés)
Fecha: 1990, enmendada en el 2004
Diseñada para brindar a los estudiantes con discapacidades acceso a una educación pública, gratuita, y personalizada, acorde con sus necesidades.
⌲ Ley Federal de Vivienda Justa
Fecha: 1968, enmendada en el 1988
Creada para asegurar que las personas con discapacidades tengan igualdad en la obtención de vivienda, eliminando obstáculos y prácticas discriminatorias.
⌲ Ley para Personas con Discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés)
Fecha: 1990, enmendada el 1 de enero de 2009
Establecida para prevenir la discriminación en empleo, servicios públicos y lugares accesibles al público, garantizando que las personas con discapacidades puedan participar en la vida diaria en igualdad de condiciones.
⌲ Ley sobre Discapacidades Intelectuales y Deficiencias en el Desarrollo
Fecha: 30 de octubre de 2000
Establece recursos de apoyo para que personas con discapacidades del desarrollo puedan integrarse activamente en sus comunidades y llevar una vida más independiente.
Fecha: 193, enmendada en el 2022
Crea el programa de Seguro Social en los Estados Unidos, proporcionando beneficios económicos a trabajadores retirados, personas con discapacidades y familias necesitadas. Su objetivo principal es brindar un sistema de protección social que garantice la seguridad financiera en situaciones de vulnerabilidad.
Leyes Estatales
⌲ Carta de Derechos de la Comunidad Escolar Sorda o con Impedimento Auditivo en Puerto Rico
Fecha: 5 de agosto de 2018
Establece derechos específicos para estudiantes sordos o con impedimentos auditivos en el sistema educativo, asegurando su acceso a una educación inclusiva.
⌲ Carta de Derechos de las Personas con Impedimentos
Fecha: 31 de agosto de 2004, enmendada e 27 de mayo de 2019
Creada para proteger los derechos de las personas con discapacidades en Puerto Rico, promoviendo su inclusión plena en la sociedad y eliminando cualquier forma de discriminación en ámbitos como educación, empleo, vivienda, transporte y servicios públicos.
⌲ Ley de Accesibilidad Digital
Fecha: 2 de septiembre de 2003, enmendada el 25 de julio de 2019
Exige que todos los servicios y portales digitales del gobierno sean accesibles para personas con discapacidades, eliminando barreras en el acceso a la información pública y gubernamental.
⌲ Ley de Animales de Asistencia
Fecha: 29 de mayo de 1970, enmendada el 21 de diciembre de 1994
Promueve que las personas con discapacidades accedan a espacios públicos y privados con animales de asistencia.
⌲ Ley de Asistencia Tecnológica de Puerto Rico
Fecha: 31 de agosto de 2000, enmendada el 6 de marzo de 2020
Busca que las personas con discapacidades puedan acceder a dispositivos y servicios de asistencia tecnológica que les ayuden en su vida cotidiana.
Fecha: 13 de enero de 2023
Requiere que los medicamentos recetados incluyan etiquetas parlantes para personas con discapacidades, permitiéndoles acceder de forma segura y autónoma a la información sobre su tratamiento.
⌲ Ley de Igualdad de Oportunidades de Empleo para Personas con Impedimentos
Fecha: 27 de julio de 1996, enmendada el 15 de septiembre de 1998
Prohíbe la discriminación laboral hacia personas con discapacidades y asegura igualdad de oportunidades en el trabajo.
⌲ Ley de Rehabilitación Vocacional
Fecha: 19 de junio de 2000, enmendada el 8 de agosto de 2014
Creada para garantizar acceso a programas de rehabilitación y empleo, con el objetivo de que las personas con discapacidades obtengan un empleo remunerado.
Fecha: 26 de agosto de 2014, enmendada el 1 de agosto de 2019
Establece un protocolo obligatorio para garantizar la comunicación clara y efectiva entre las agencias de seguridad pública y justicia criminal en Puerto Rico, particularmente al interactuar con personas con discapacidades auditivas o del habla. Busca asegurar que las barreras de comunicación no limiten el acceso a la justicia ni comprometan los derechos de estas personas en situaciones legales o de emergencia.
⌲ Ley para Prohibir el Discrimen contra Personas con Impedimentos Físicos, Mentales o Sensoriales
Fecha: 2 de julio de 1985, enmendada el 14 de octubre de 2022
Previene cualquier forma de discriminación contra personas con discapacidades, abarcando desde la educación hasta los servicios públicos.
Fecha: 13 de agosto de 2024
Protege y promueve el bienestar de personas con autismo mediante programas de apoyo que fomenten su integración.
⌲ Ley de Servicios Educativos Integrales para Personas con Impedimentos
Fecha: 7 de junio de 1996, enmendada el 19 de abril de 2024
Garantiza que niños y jóvenes con discapacidades en Puerto Rico reciban una educación pública, gratuita y apropiada, adaptada a sus necesidades individuales. La ley asegura servicios educativos y de apoyo para fomentar su desarrollo integral e inclusión social.
⌲ Ley de Viviendas de Interés Social para Personas con Impedimentos o de Edad Avanzada
Fecha: 29 de agosto de 2000, enmendada el 1 de julio de 2019
Proporciona acceso a viviendas adaptadas y accesibles para personas mayores y personas con discapacidades.

Fila expreso para personas con impedimentos en PR
Te contestamos preguntas frecuentes sobre Ley Uniforme Sobre Filas de Servicio Expreso y Cesión de Turnos de Prioridad de 29 de diciembre de 2018
Esta ley establece el derecho a atención prioritaria y servicio rápido. La ley requiere que se coloquen avisos visibles sobre estos derechos en las oficinas y establece sanciones económicas para quienes incumplan. Su propósito es consolidar leyes anteriores, mejorar la accesibilidad y facilitar las gestiones administrativas para grupos vulnerables.
Si desea saber más sobre esta ley, presione aquí.
¿Quiénes son elegibles bajo esta ley?
- • Personas con impedimentos físicos, mentales o sensoriales
- • Personas de sesenta (60) años o más de edad
- • Veteranos
- • Personas que hayan viajado, y deban retornar hacia Vieques o Culebra por vía marítima o aérea en un mismo día
- • Mujeres embarazadas.
¿En qué lugares aplica el derecho a la fila expreso?
- • Todas las agencias y corporaciones públicas del Gobierno de Puerto Rico
- • Municipios
- • La Rama Legislativa
- • Las entidades privadas que reciban fondos públicos o federales y ofrezcan servicios directos a los ciudadanos.
¿Qué derecho establece esta ley?
Turnos de Prioridad y Servicio Expreso para las personas elegibles.
Familiares, tutores o cualquier persona que realice gestiones en nombre o compañía de una persona con impedimentos tienen derecho al uso de turnos de prioridad, independientemente de si la gestión es para la persona con impedimentos o para ellos mismos.
Las agencias y entidades deben informar a los ciudadanos sobre su derecho a turnos de prioridad mediante letreros visibles y, en caso necesario, a través de los empleados si el ciudadano no sabe o no puede leer.
¿Qué es necesario para usar la fila expreso?
Es recomendable que tengas la identificación oficial de fila expreso. Sin embargo, la ley solo exige que cuentes con una identificación de persona con impedimentos. Por ejemplo, en ocasiones se acepta el carnet de estacionamiento de persona con impedimentos.
¿Qué documentos son necesarios para solicitar la tarjeta de fila expreso?
- • Solicitud de Certificación Médica completada por un médico con licencia profesional de Puerto Rico
- • Costo de tarjeta de $2.00 sometido mediante un giro a nombre del Secretario de Hacienda
- • Solicitud para Tarjeta de Descuento y Fila Expreso para Personas con Impedimentos
- • 2 fotos '2x2' que tengan su nombre y apellido en la parte posterior de la foto
- • Un sobre con sello pre-dirigido (si desea que el Departamento de Salud le envíe la identificación por correo)
Envía todos los documentos utilizando uno de los siguientes 3 métodos:
1. Visita en persona – Departamento de Salud
2. Envíala por correo postal a: