Departamento de Salud
Departamento de Salud
Descripción “A través de la Ley Núm. 107 del 1998, y la Ley Núm. 108 del 1985, según enmendada se concede a las personas con impedimentos debidamente identificados, y a las personas de 60 años o más, el derecho a un descuento de cincuenta por ciento (50%) del precio de admisión a todo espectáculo, actividad cultural, artística, recreativa o deportiva, que se celebre en facilidades provistas por cualquiera de las agencias, departamentos, corporaciones públicas, o dependencias del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Incluyendo, a su vez, sus subdivisiones políticas o municipales, y las tarifas que estén vigentes en los servicios de transportación pública que presenten tales agencias.” Por otro lado, bajo la Ley Núm 297 del 2018, todas las agencias y corporaciones del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que ofrecen servicios directos al ciudadano deben diseñar y adoptar un sistema de fila de servicio expreso y cesión de turnos de prioridad para beneficiar a las personas con impedimentos, personas de sesenta años o más, mujeres embarazadas y toda persona con asuntos pendientes que haya viajado entre, y deba retornar hacia las islas de Puerto Rico, Vieques o Culebra por vía marítima o aérea en un mismo día. Los mismos deben estar debidamente identificadas con las tarjetas que provee el Departamento de Salud o cualquier otra prueba expedida por autoridad estatal.”\
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Tel. 787-765-2929, ext. 4133, 4131 |
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