¿Qué será de mi ser querido con discapacidad el día que yo no esté? (Parte 3)
¿Qué será de mi ser querido con discapacidad el día que yo no esté? (Parte 3)
Serie Especial: Planificación Ampliada – Alternativas a la TutelaEn esta serie informativa aprendiste que la planificación ampliada es sumamente importante para garantizar la calidad de vida de tu ser querido con discapacidad a largo plazo. Esto incluye temas que hemos tocado en este y otros artículos como:
Al entrar al tema de este artículo, “alternativas a la tutela”, en el CEDD creemos en la capacidad y la autonomía de las personas con discapacidades intelectuales y del desarrollo. Por esto, te compartimos estas guías y recomendaciones para que uses al considerar las mejores opciones para ti y tu familia. ¿Qué es la tutela?La tutela es un procedimiento judicial en el cual:
¿Qué implica?Si el tribunal declara incapaz a la persona:
Tradicionalmente, la tutela es una medida amplia y altamente restrictiva en la jurisdicción de Puerto Rico. ¿Por qué no se promueve como primera opción?La tutela limita por naturaleza la autonomía, la autodeterminación y la vida independiente. Esto es todo lo opuesto a la meta para una persona con discapacidad. Lo ideal es promover las alternativas menos restrictivas posibles, para que las personas con discapacidad mantengan una participación activa y libre en las decisiones que afectan todos los ámbitos de su vida. Alternativas a la tutela:1. Toma de decisiones asistidaEsta opción ideal consiste en que la persona con discapacidad toma sus propias decisiones, pero con apoyo de alguien de confianza. En otros Estados, la toma de decisiones asistida puede establecerse para un solo renglón de la vida de la persona con discapacidad (ejemplo: finanzas, asuntos médicos). Características:
Aunque en Puerto Rico no está formalmente estructurada dentro del Código Civil de Puerto Rico del 2020, el CEDD intercede actualmente para educar a nuestros hacedores de política pública para que se reconozca como una alternativa en nuestro ordenamiento. 2. Representante para asuntos médicosPermite designar a alguien que:
3. Representante ante el Seguro SocialLa persona designada:
4. Cuentas bancarias con doble firmaConsiste en una cuenta donde figuran:
Ventajas:
5. Poder DuraderoEs una escritura pública otorgada ante notario. Requisito esencial:La persona debe tener capacidad al momento de firmarlo. ¿Qué permite?
Es una herramienta preventiva clave. Si la persona ya no tiene capacidad para otorgarlo, entonces podría evaluarse la vía judicial. 6. Tutela TestamentariaSe establece mediante testamento. Importante:
7. Patria Potestad ProrrogadaIncorporada en el Código Civil de 2020.
En casos donde un hijo con discapacidad severa necesita que sus padres continúen tomando decisiones después de la mayoría de edad. Características:
Recomendaciones prácticas para familias y cuidadores1. Informarse temprano: agendar cita en Seguro Social y consultar con abogado/notario con experiencia en discapacidad y planificación patrimonial. También, buscar apoyo técnico y comunitario: aprovechar capacitaciones (como las del CEDD), asesoría legal especializada y organizaciones locales.
2. Evaluar capacidad residual: antes de otorgar poderes o escrituras, someter a una evaluación que determine qué alternativas son viables para la persona con discapacidad y su familia. Siempre considerar la máxima capacidad de esa persona.
3. Priorizar alternativas menos restrictivas: implementar toma de decisiones asistidas, poderes limitados, representantes médicos y cuentas con co‑firma antes de considerar la tutela.
4. Constituir un fideicomiso cuando convenga: dejar por escrito la administración de bienes para vivienda, salud, recreación y gastos diarios; registrar y establecer mecanismos de rendición de cuentas. 5. Otorgar un poder duradero preventivo: si la persona tiene capacidad, un poder bien redactado facilita la gestión en emergencias médicas o financieras. 6. Incluir el fideicomiso en el testamento: si se hace testamento, dejar constancia de la existencia del fideicomiso para evitar conflictos sucesorios.
8. Registrar y documentar todo: conservar escrituras, informes, comunicaciones con agencias y autorizaciones médicas para proteger derechos y facilitar auditorías. 9. Revisar y actualizar periódicamente: adaptar documentos y estrategias a cambios en la ley, la salud o la situación económica. |
